Igor Portu y Mattin Sarasola torturados
El pasado día 6 de enero fueron detenidos por la Guardia Civil española los ciudadanos vascos Igor Portu y Mattin Sarasola bajo la acusación de pertenecer a la organización armada ETA.

Fallece en Cabo Verde el deportado político Endika Iztueta
El deportado político Endika Iztueta Barandika falleció el 24 de enero en la ciudad de Praia, en Cabo Verde. Con él, ya son tres los deportados vascos que han fallecido en Cabo Verde -en 1989 Juanra Aranburu, y en 2002, Ángel Lete

Señalado el juicio contra Gestoras pro-Amnistía y Askatasuna
La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional emitió un auto por el que ha fijado el 21 de abril como fecha de arranque del juicio contra los organismos pro-amnistía y antirrepresivos Gestoras pro-Amnistía y Askatasuna. En esta causa se encuentran imputados 27 ciudadanos vascos contra los que el fiscal pide sendas penas de diez años de prisión.


El Consejo de Europa se posiciona contra las «listas negras» de las Naciones Unidas y la Unión Europea
A partir del año 2001 se confeccionaron en el seno de las Naciones Unidas y la Unión Europea listas de personas y organizaciones vinculadas al «terrorismo internacional», entre ellos treinta ciudadanos vascos y las organizaciones Batasuna, Haika-Segi, Gestoras pro Amnistía-Askatasuna, Xaki y Ekin.

ANÁLISIS:
Presos enfermos y denegación de libertad
Ohiana Lizaso.
Asociación de Familiares de Preso Políticos Vascos- Etxerat

Ley de Partidos Políticos. Consecuencias:
Detenidos el portavoz de Batasuna Pernando Barrena y el miembro de la Mesa Nacional Patxi Urrutia
El 4 de febrero la Policía Nacional detenía a Pernando Barrena, portavoz de Batasuna y al miembro de su órgano de dirección, Patxi Urrutia. La detención fue decretada por el juez Baltasar Garzón por las diligencias que llevan abiertas desde el año 2002 contra el partido político y a las que sigue añadiendo actuaciones.

Suspensión de actividades de los partidos EHAK-PCTV y EAE-ANV
Hacía tiempo que ambos partidos independentistas estaban siendo sometidos a dos procedimientos diferentes: uno, por las investigaciones penales abiertas por la Audiencia Nacional bajo la acusación de “pertenencia a organización armada” y el otro por vía administrativa, en aplicación de la ley de Partidos, ante el Tribunal Supremo

Consecuencias de la suspensión de EAE-ANV: brutalidad policial y detención de portavoces políticos
Tras la apertura de macrosumario 11/08 en el que Baltasar Garzón acumula en las causas abiertas contra miembros de ANV, EHAK y Batasuna, la primera de las reacciones del magistrado antiterrorista fue la prohibición de la manifestación que electos independentistas habían convocado para protestar por la suspensión de aquellos partidos políticos.

La anterior mesa del Parlamento Vasco acusada por desobediencia
Anteriormente habíamos dado cuenta de los efectos absurdos de la aplicación hasta sus últimos límites de la Ley de Partidos y de la criminalización del diálogo y de la actividad política.
:: Igor Portu y Mattin Sarasola torturados

El pasado día 6 de enero fueron detenidos por la Guardia Civil española los ciudadanos vascos Igor Portu y Mattin Sarasola bajo la acusación de pertenecer a la organización armada ETA. Les fue impuesto el régimen de incomunicación en aplicación de la legislación antiterrorista. Pocas horas después de la detención fueron conducidos para realizar el registro de sus domicilios en Lesaka. Sus familiares pudieron comprobar que todavía se encontraban en buen estado.

Apenas doce horas más tarde Igor Portu fue conducido al Hospital de San Sebastián por sus dificultades para respirar. Allí se le diagnosticó una "fractura de la novena costilla izquierda", "derrame pleural izquierdo" y un "pequeño foco de contusión pulmonar". El hospital redactó un informe médico que indica que Igor Portu tiene "hematomas en todo tórax anterior y posterior" y en la columna vertebral y que su ojo izquierdo presenta hematomas y hemorragia interna. Además, padece dificultad para respirar y un "importante enfisema -hinchazón producida por aire en el tejido pulmonar- subcutáneo que se extiende desde nivel cervical hasta nivel pélvico". El parte médico también refleja que "el paciente refiere golpes con puños y patadas en cara, tórax y abdomen y extremidades inferiores" y que sus rodillas y tobillos están "estables con múltiples hematomas, erosiones y abrasiones".

Este informe médico se hizo público y ha hecho saltar todas las voces de alarma sobre el trato que habría sufrido el joven de Lesaka en las doce horas que mediaron entre el registro de su casa y el ingreso en la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital donostiarra. El ministerio de Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba declaró que había sido por la “utilización de la fuerza a la hora del arresto”. El juzgado de Guardia de Gipuzkoa ha abierto investigaciones sobre el caso.

Un testigo prestó declaración el 10 de Enero ante el juzgado de Bergara -partido judicial donde se produjo la detención-, asegurando que “no es cierto lo que ha escuchado en medios de comunicación […] sobre la resistencia de los chicos a la detención”, ya que esta “fue limpia”.

Igor Portu y Mattin Sarasola denunciaron las torturas sufridas ante el juez de la Audiencia Nacional Grande-Marlaska, que decretó prisión preventiva para ellos. En referencia a este Mattin Sarasola, el otro joven detenido, fuentes periodísticas referían que presentaba un estado “escandaloso” cuando fue trasladado a dependencias policiales a Madrid. Pocos días después de ser ingresado en prisión se hacía pública una fotografía que mostraba heridas y moratones en brazo y torso.

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:: Fallece en Cabo Verde el deportado político Endika Iztueta

El deportado político Endika Iztueta Barandika falleció el 24 de enero en la ciudad de Praia, en Cabo Verde. La causa parece derivada de las heridas que sufrió tras ser víctima de un robo con violencia, que le causo rotura de costillas y a su vez una herida en el pulmón, como consecuencia sufrió una infección que derivo posteriormente en un colapso sanguíneo que le produjo la muerte. Iztueta fue deportado a Cabo Verde en febrero de 1985 por lo que ha permanecido allí durante 22 años a miles de kilómetros de su pueblo, en una situación que no tiene soporte jurídico.

En la década de los 80, y tras el fracaso de las conversaciones de Argel, el estado francés, alentado por el español, comenzó una persecución contra el colectivo de refugiados políticos vascos que residían de forma pública en Ipar Euskal Herria. Estas personas eran detenidas y de forma pactada y sumaria se les enviaba a miles de kilómetros de sus pueblos, Cabo Verde, Cuba, Venezuela, República Dominicana, Panamá… sin papeles, sin trabajo, sin un proceso judicial, sin derechos.

Precisamente, “El País'' publicó que el fiscal jefe de la Audiencia Nacional habría ordenado que se agilicen los trámites de las peticiones de extradición contra al menos cien ciudadanos vascos, exiliados o deportados; entre ellos estaba Endika Iztueta. Con él, ya son tres los deportados vascos que han fallecido en Cabo Verde -en 1989 Juanra Aranburu, y en 2002, Ángel Lete-.


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:: Señalado el juicio contra Gestoras pro-Amnistía y Askatasuna

La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional emitió un auto por el que ha fijado el 21 de abril como fecha de arranque del juicio contra los organismos pro-amnistía y antirrepresivos Gestoras pro-Amnistía y Askatasuna. En esta causa se encuentran imputados 27 ciudadanos vascos contra los que el fiscal pide sendas penas de diez años de prisión.

Por lo tanto, tras el «caso Jarrai-Haika-Segi» y el sumario 18/98 se da apertura al enjuiciamiento de estos organismos a quienes la fiscalía atribuye «el control de los presos de la banda terrorista».

Desde que se produjo la primera operación contra estos organismos, el 31 de octubre de 2001 sus actividades están suspendidas y 12 de los encausados estuvieron cuatro años en prisión preventiva, límite máximo que permite la legislación española. Hoy en día, Juan Maria Olano está en encarcelado en solitario en la prisión de Segovia tras ser detenido el 9 de septiembre de 2007 en una manifestación brutalmente reprimida por la Policía Autonómica vasca y acusado por el juez Baltasar Garzón por “reiteración delictiva” por la continuación de sus actividades como portavoz del organismo pro Amnistía Askatasuna.

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:: El Consejo de Europa se posiciona contra las «listas negras» de las Naciones Unidas y la Unión Europea

A partir del año 2001 se confeccionaron en el seno de las Naciones Unidas y la Unión Europea listas de personas y organizaciones vinculadas al «terrorismo internacional», entre ellos treinta ciudadanos vascos y las organizaciones Batasuna, Haika-Segi, Gestoras pro Amnistía-Askatasuna, Xaki y Ekin.

La resolución presentada ante el Pleno de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa por el senador suizo Dick Marty califica de «imprecisos» los criterios utilizados para la elaboración de esas listas, considerando que no respetan los derechos individuales fundamentales y son «totalmente arbitrarias».

Marty denunció en su informe que estas sanciones pueden imponerse «sobre la base de simples sospechas», lo cual resulta «indigno».

En efecto, en una reunión previa a la presentación del informe mantenida con miembros de Behatokia, se puso en su conocimiento que un auto de un juez que investigaba las actividades de estas organizaciones, fue suficiente para su inclusión en las listas. En el caso concreto de Segi, ni tan siquiera existía una decisión judicial de suspensión cuando fue incluida en esas listas, y en el caso de varias otras, a día de hoy ni tan siquiera se ha celebrado un juicio sobre sus actividades. En cuanto a la imposibilidad de encontrar recurso judicial efectivo para enfrentar la inclusión ilegítima en estas listas, se puso además en conocimiento del senador suizo los pasos que han dado las defensas de Segi y Gestoras. A principios de año se interpuso un recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos invocando la imposibilidad de encontrar reparación judicial, al no existir en el sistema de la Unión Europea un procedimiento para revocar esa inclusión.

El informe presentado por Dyck Marty concitó el voto favorable de casi la totalidad de los parlamentarios participantes de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa entre ellos los parlamentarios del PSOE Ramón Jáuregui y Meritxell Batet. Esta actitud fue considerada públicamente por Behatokia como contradictoria ya que «el PSOE ha demostrado hace tiempo su disposición a hacer uso de todos los instrumentos contra la disidencia vasca, también de las `listas negras' diseñadas por la UE ».


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Ley de Partidos Políticos. Consecuencias:
:: Detenidos el portavoz de Batasuna Pernando Barrena y el miembro de la Mesa Nacional Patxi Urrutia

El 4 de febrero la Policía Nacional detenía a Pernando Barrena, portavoz de Batasuna y al miembro de su órgano de dirección, Patxi Urrutia. La detención fue decretada por el juez Baltasar Garzón por las diligencias que llevan abiertas desde el año 2002 contra el partido político y a las que sigue añadiendo actuaciones.

La detención se produjo tras su participación en una conferencia pública ofrecida dos días antes en un hotel de Iruñea-Pamplona sobre los contenidos de las últimas conversaciones, llevadas a cabo por el PNV, PSE y la propia Batasuna, en el reciente proceso fracasado de dialogo, conocido como “proceso de Loiola”. Tras la ruptura de este proceso negociador se ha producido una cascada de detenciones de los miembros de dicho partido, entre ellas, la conocida operación contra 22 miembros de la dirección de Batasuna cuando se disponían a celebrar una reunión interna, en la localidad de Segura.

Barrena y Urrutia estaban procesados ya por el sumario Batasuna y ahora, el mero hecho de participar en dicha conferencia pública, con contenidos eminentemente políticos, es considerado por el juez de la Audiencia Nacional como “reiteración delictiva”, por lo que ha decretado su detención e ingreso en prisión.

Las Fuerzas de Seguridad del Estado llevaban a cabo un amplio despliegue para tratar de localizar a Unai Fano, el tercero de los ponentes de la conferencia pública que a día de hoy se encuentra en paradero desconocido.


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:: Suspensión de actividades de los partidos EHAK-PCTV y EAE-ANV

Hacía tiempo que ambos partidos independentistas estaban siendo sometidos a dos procedimientos diferentes: uno, por las investigaciones penales abiertas por la Audiencia Nacional bajo la acusación de “pertenencia a organización armada” y el otro por vía administrativa, en aplicación de la ley de Partidos, ante el Tribunal Supremo. La conjunción de ambas vías vendría además justificada por el interés de los partidos españoles mayoritarios de que el sector social del independentismo vasco no pudiera presentar una plataforma electoral que concurriese a las cercanas elecciones al Parlamento y Senado español.

Así, EHAK-PCTV había participado en las elecciones al Parlamento Autónomo Vasco de 2005, mientras que EAE-ANV, partido histórico que cuenta con 77 años de actividad, presentó aproximadamente 240 candidaturas en las elecciones municipales de mayo de 2007. Más de la mitad ya fueron ilegalizadas, por el Tribunal Supremo al cotejarse estas listas con ficheros policiales secretos y considerarse que estaban “contaminadas” o “infiltradas” por personas que habrían participado en anteriores listas o candidaturas electorales. Nótese el lenguaje utilizado y la gravedad de la discriminación aplicada a estas personas, atendiendo a que, según fuentes policiales, estos ficheros podrían contener 19.000 personas.
La última agresión a estos partidos vino por la declaración del día 8 de febrero del juez de la Audiencia Nacional española Baltasar Garzón de su suspensión de actividades, fundándose en que Batasuna habría “tomado el control” de estos partidos. Esta decisión, tendrá un carácter meramente cautelar o preventivo, de especial relevancia por su extensión a sucesivas marcas electorales, ya que desde la apertura de diligencias penales contra Batasuna, en el año 2002, no se ha celebrado ningún juicio contra dicho partido político.

Estas actuaciones han sido acumuladas en el macrosumario 11/08, suficientes para evitar la participación en la pugna electoral de estos partidos, cerrar sus sedes, bloquear sus cuentas e imputar “pertenencia a organización armada” a 38 militantes independentistas más y “colaboración” a otros siete.

La interpretación del magistrado será que ambos partidos se hallan en el “umbral de ETA” por haber establecido relaciones de diverso tipo con personas a las que relaciona con Batasuna. En cuanto a las actividades descritas en los dos autos de suspensión, cabrían desde haber consultado a miembros de Batasuna los contenidos de comunicados públicos, o mostrar coincidencias de posición sobre conflictos de carácter social como el abierto en torno al Tren de Alta Velocidad. Por tanto, en su visión uniformadora, lo que considera ya “ETA-Batasuna” habría “tomado el control de facto del PCTV-EHAK y ANV”. Se habría producido en términos del magistrado antiterrorista un hecho de “colonización” o “fagocitación”. Como muestra de ello estaría que personas vinculadas a Batasuna han cobrado sueldos de EHAK-PCTV. Matiza que “resulta evidente que PCTV puede contratar como empleado a cualquier ciudadano y que los responsables de Batasuna no están privados del derecho a trabajar” sin embargo, el problema está en “qué labor desempeñan”, labor presuntamente criminal que no individualiza, que no concreta.

Esta actuación de Garzón ha coincidido en el tiempo con las deliberaciones de la Sala especial del Artículo 61 del Tribunal Supremo encargada de analizar la conformidad con la Ley de Partidos del registro de candidatos de EAE-ANV a las elecciones españolas. En su resolución se opone a la vía abierta por Garzón, considerando “desproporcionado” suspender las actividades de EHAK y ANV. Sin embargo, sí que prohíbe participar en las elecciones del 9 de marzo y que reciban subvenciones oficiales. En el auto remarca que llega a esta conclusión porque se produjo “desde el mes de mayo de 2007 […] la infiltración que en las elecciones celebradas en esas fecha se detectó de miembros de Batasuna presentados en las candidaturas de ANV".

En definitiva, dos vías para conseguir un único objetivo, discriminatorio para miles de ciudadanos vascos que no pueden concurrir en listas, las cuales resultarían “contaminadas” y en flagrante oposición a los derechos de libertad de opinión y de voto: impedir la presentación a las urnas de una opción ampliamente respaldada por el electorado vasco.


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:: Consecuencias de la suspensión de EAE-ANV: brutalidad policial y detención de portavoces políticos

Tras la apertura de macrosumario 11/08 en el que Baltasar Garzón acumula en las causas abiertas contra miembros de ANV, EHAK y Batasuna, la primera de las reacciones del magistrado antiterrorista fue la prohibición de la manifestación que electos independentistas habían convocado para protestar por la suspensión de aquellos partidos políticos. Esta prohibición, si bien consecuente con el afán del juez de evitar cualquier actividad de estos partidos, cierra la posibilidad de la acción política, al suspender “sine qua non” cualquier derecho de actuación política de este sector social.

Así, el juez se dirige a la Policía Autonómica Vasca para ordenar que impida el desarrollo de la manifestación «y persiga a quienes quebranten el orden». El Departamento de Interior emitió una nota para advertir de que la manifestación está prohibida. Sin embargo, el domingo día 10 de febrero, miles de ciudadanos, en ejercicio de sus derechos de manifestación, se concentraron en la calle Autonomía de Bilbao para protestar por la ilegalización de los partidos políticos. La Policía Autonómica impidió la marcha pacífica, tras lo que los concentrados se sentaron en el suelo, coreando lemas en contra de las medidas de excepción impuestas y a favor de los derechos políticos. Al intentar proseguir por calles adyacentes, la policía cargó violentamente contra los concentrados, generándose enfrentamientos, heridos y detenciones.

Posteriormente, se celebraba una rueda de prensa en la que se denunciaban los hechos y se hacía llamamiento a la sociedad vasca a que participe en una huelga general contra la "represión judicial, política y policial". Durante esa misma noche, cientos de miembros de las Fuerzas de Seguridad del Estado han detenido a catorce miembros reconocidos de EHAK, ANV y Batasuna entre los que se encuentran Karmelo Landa, Mikel Etxaburu y Karmele Aierbe, quienes habían participado en la conferencia de prensa de la víspera. Garzón ha decretado el régimen de incomunicación contra ellos y les imputa delitos de "integración y/colaboración con organización terrorista". Además, ha procedido a registrar varias sedes de ANV y EHAK en Belartza (Donostia), Oiartzun, Barakaldo e Iruñea. Estos dos últimos han sido precintados.



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:: La anterior mesa del Parlamento Vasco acusada por desobediencia

Anteriormente habíamos dado cuenta de los efectos absurdos de la aplicación hasta sus últimos límites de la Ley de Partidos y de la criminalización del diálogo y de la actividad política.

El Tribunal Supremo español hacía público el 20 de enero la sentencia por la que admitía la pretensión del sindicato ultraderechista de funcionarios Manos Limpias contra los antiguos miembros de la mesa del Parlamento vasco -Juan María Atutxa, presidente, y Gorka Knörr y Kontxi Bilbao vicepresidente primero y segunda respectivamente-. En efecto, los tres políticos de PNV, EA y EB-IU han sido condenados por el alto tribunal de un delito de desobediencia, por no disolver, tal y como les había ordenado el Tribunal Supremo, el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak, nombre que adoptaron los electos de Batasuna tras su ilegalización en aplicación de la Ley de Partidos.

Los miembros de la mesa justificaron su posición en que el procedimiento interno del Parlamento autonómico “no habilita esta posibilidad”, por lo que permitieron continuar la labor del grupo parlamentario.

Ahora, el Tribunal Supremo ha atendido al recurso interpuesto por Manos Limpias, fijando una condena de dos años de inhabilitación para los tres ex miembros de la Cámara y la obligación de pagar una multa durante el primer año. Son los efectos de la aplicación extensiva sin límites ni lógica de la Ley de Partidos.


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::ANÁLISIS
Presos enfermos y denegación de libertad
Ohiana Lizaso. Asociación de Familiares de Preso Políticos Vascos- Etxerat

Una de las restricciones de los derechos elementales más graves que enfrenta el colectivo de presos políticos vascos es el cierre de todo camino para el acceso a la libertad. La reforma del Código Penal del 95 ya retiró la posibilidad de redenciones, la reducción de pena por medio de estudios, trabajos… El Tribunal Supremo español otorgó, por medio de la conocida como “doctrina Parot”, carácter retroactivo a esta medida afectando a los presos que las habían acumulado anteriormente e impidiendo su inminente liberación. La ley LO 7/2003, de 30 de junio, de Medidas para el Cumplimiento Íntegro y Efectivo de las Penas, amplió de treinta a cuarenta años el periodo máximo de permanencia en prisión para los presos políticos, rechazándose además su acceso a la libertad por cumplimiento de las tres cuartas partes de la condena. En casos que ya no se podían aplicar estas disposiciones y la liberación del preso era próxima e inevitable por ninguna argucia legal, como en el caso concreto de Iñaki de Juana, se “fabricaron” nuevas imputaciones, tal y como el Ministro de Justicia del momento justificaba.

Pero en los últimos tiempos se acumula la gravedad de la situación de aquellos presos y presas que padecen enfermedades incurables y que deberían acceder a la libertad en aplicación de la propia legislación española. En efecto, el artículo 92 del Código Penal el artículo 92 impone ciertas condiciones para la excarcelación de presos que sufren enfermedades graves e incurables que se cumplirían en el caso de al menos 9 presos y presas: Jon Agirre, Bautista Barandalla, Jose Ramon Foruria, Marilo Gorostiaga, Mikel Gil Cervera, Gotzone Lopez de Luzuriaga, Juan Jose Rego Vidal, Josu Uribetxebarria y el último caso sangrante de Anjel Figueroa son motivo de extrema alarma y preocupación para la Asociación de familiares de presos políticos vascos.

Figueroa, si bien tiene su destino en la cárcel de Córdoba ha sido destinado a Langraitz por los episodios de epilepsia y esclerosis mesial que de forma crónica sufre. Esta enfermedad es incurable, tal y como ha sido diagnosticada y los efectos, en forma de ataques periódicos, con convulsiones y delirios aconsejarían su inmediata excarcelación. Especial gravedad reviste el hecho de que sufriera una paliza por parte de los funcionarios en la prisión de Langraitz, después de haber sido conducido a ella para someterse a terapia en el hospital alavés de Txagorritxu. El pasado mes de enero sufrió un episodio de ataques continuados que le mantienen ingresado en dicho hospital sin que sea admitida por los tribunales su petición de excarcelación.

En el boletín anterior mencionábamos la situación concreta de Gotzone Lopez de Luzuriaga, en situación de similar gravedad y cuya solicitud de aplicación del artículo 92 es reiteradamente rechazada por el tribunal competente para ello, con argumentos subjetivos, extrajudiciales y por supuesto, ajenos al objeto de este procedimiento como es que no habría “demostrado arrepentimiento ni voluntad de pedir perdón a las víctimas”.

En efecto, la lista de casos de extrema gravedad es extensa y las condiciones de vida especiales a que son sometidos no son sino la columna vertebral de lo que podríamos considerar una verdadera condena de muerte encubierta.